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La Suprema Corte de Justicia de la
Nación (SCJN) resolvió que los farmacodependientes sean considerados
como enfermos y no como delincuentes, por lo que deben ser absueltos
del delito de posesión de drogas y ordenarse su tratamiento médico.
El pleno del alto tribunal superó el empate al que llegó en su
sesión pasada al votar sobre el tema, luego de que el ministro José
Ramón Cossío Díaz sumó su opinión a la de los que consideraron que el
Artículo 199 del Código Penal Federal vigente hasta el pasado 19 de
agosto es inconstitucional.
Después de cuatro sesiones de discusión, la SCJN determinó
otorgar la protección de la justicia federal a un quejoso que
consideró que no debían fincársele responsabilidades penales por
haber sido detenido en posesión de droga, sino que debió ser
calificado como un enfermo.
El tribunal señaló que el citado artículo era violatorio de la
garantía constitucional de igualdad, pues se trataba a los
farmacodependientes como responsables de un delito, y como "un
enfermo, se le debe dar tratamiento médico y medicinas, no
criminalizarlos", apuntó el ministro Sergio Valls.
La Corte tiene pendientes por resolver otros cuatro amparos en
el mismo sentido, a los que se espera se aplique el mismo criterio,
que beneficiará a los procesados por el delito de posesión de drogas
bajo la anterior ley.
El 20 de agosto entró en vigor la nueva legislación que
establece una tabla para definir las cantidades de sustancias para
consumo personal, y para lo cual se aplica la condición de exclusión
del delito de posesión de drogas y se considera al adicto como una
persona que necesita someterse a tratamiento médico.
/jej
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